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CÓDIGOS
DE ÉTICA GRAFOLÓGICA
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Países por orden alfabético
ADEG
- España
- Estados Unidos de América -
India - Inglaterra - Italia
- Israel - México
-Venezuela
Código Deontológico Europeo, de la ADEG
- 01. Este código de Deontología tiene por objeto definir los derechos y deberes de los grafólogos que se preocupan por el ejercicio de su profesión de acuerdo con una ética profesional común.
- 02. La Grafología, como ciencia humana y técnica de observación e interpretación, permite el estudio de la personalidad por medio del examen de la escritura.
- 03. El grafólogo estudia la personalidad del escritor, trabaja exclusivamente sobre documentos manuscritos auténticos y efectúa un trabajo de análisis y de síntesis para corresponder a una demanda de orden profesional o privada.
- 04. El grafólogo tiene el deber de mantener y desarrollar sus aptitudes.
- 05. El grafólogo se compromete a utilizar solamente los métodos relacionados con su práctica y a trabajar dentro de los límites de sus conocimientos y experiencia. 06. El grafólogo se abstendrá de emitir diagnósticos en el ámbito reservado al cuerpo médico.
- 07. Todo grafólogo firmante del presente código no debe mencionar sus diplomas de Grafología en los documentos profesionales si van asociados con algún tipo de actividad que tenga que ver con el ocultismo o la adivinación. Debe abstenerse de hacer publicaciones o publicidad en los periódicos relacionada con este mismo tipo de actividades.
- 08. Los trabajos efectuados por el grafólogo obligan a respetar los valores morales y profesionales. El grafólogo debe salvaguardar, en todas circunstancias, su independencia, su probidad y su sentido humano. No debe ser influido por prejuicio alguno en lo concerniente a toda cuestión relacionada con el sexo, la raza, la política, la clase social o la religión.
- 09. En todo estudio, el grafólogo actuará con tacto y guardará discreción. En los trabajos de selección profesional evitará abordar aspectos de la personalidad del escritor que no tengan relación con las necesidades del puesto a cubrir. El lenguaje utilizado debe ser claro, prudente y no ambiguo. Debe ser, en sus trabajos, completamente imparcial y, además, debe negarse a efectuar cualquier tipo de análisis de complacencia.
- 10. El grafólogo se compromete a no utilizar en absoluto los documentos e informaciones en su poder con el propósito de perjudicar a otros, siendo el único juez del valor de los documentos que se le someten a análisis, el grafólogo puede negarse a efectuar el análisis sin tener que dar explicaciones de sus razones. Debe negarse a dar el dictamen sobre un documento del que tenga conocimiento de haber sido substraído. También debe negarse a trabajar con documentos enviados por fax o fotocopiados, ya que en ellos se altera la cualidad del trazo.
- 11. El grafólogo debe respetar las leyes de su país en lo relacionado con la persona humana y, en particular, el secreto profesional que debe ser guardado tanto verbal como documentalmente.
- 12. El propietario legítimo de un documento es el único responsable de las consecuencias derivadas de su análisis. Los resultados deben ser enviados exclusivamente al solicitante.
- 13. El grafólogo no puede citar a sus clientes a menos que cuente con su permiso. No puede comunicar o publicar textos o su análisis sin el consentimiento del interesado o del poseedor del documento.
- 14. Cada asociación o agrupación de grafólogos firmante de este código de deontología se compromete a hacerlo respetar y aplicar por cada uno de sus miembros diplomados. Las infracciones no eximen a los consejos de disciplina de cada una de las asociaciones o agrupaciones de los países co-signatarios.
El presente código comprende 14 artículos y entró en vigencia el 1º de Enero de 1992.
España: Arupación de Grafoanalistas Consultivos - AGC
- 1. Ejerceré
la práctica grafológica con dignidad, lealtad y profesionalidad,
dándole a la Grafología el máximo prestigio científico,
aceptando y sometiéndome a las directrices y objetivos que se señalan
en los estatutos de la Agrupación y a los acuerdos que puedan emanar
de la Asamblea General.
- 2. Me obligo al secreto profesional, no revelando ni verbal ni documentalmente
los asuntos a mí confiados y guardando la discreción necesaria,
la cual, asimismo, exigiré a mis auxiliares o colaboradores, así
como a los profesionales grafólogos o de otras especialidades que soliciten
mis servicios.
- 3. Respetaré la dignidad del ser humano, su vida privada, sus derechos
y libertad personal, guardando estricta neutralidad, sin desviar mi recto juicio
profesional por motivos discriminatorios, ya sean de raza, sexo, religión,
clase social, ideas políticas o prejuicios de cualquier clase.
- 4. Recabaré, siempre que sea posible, el máximo material manuscrito
y, en caso de ser imprescindible, analizaré también los documentos
manuscritos que pudieran parecerme cuantitativa o cualitativamente insuficientes,
pero haciendo constatar expresamente que el análisis grafológico
puede adolecer de deficiencias o resultar de una extensión forzosamente
reducida; no obstante, rehusaré el encargo en determinados casos límite,
juzgados como tales según mi propio criterio profesional.
- 5. Exigiré reserva de confidencialidad, en cuanto al uso y divulgación
de los grafoanálisis por mi efectuados, en aquellos encargos solicitados
por las personas distintas del sujeto analizado, advirtiendo de la responsabilidad
contraída por ello, salvo en el caso de que sea acordado por la autoridad
judicial.
- 6. Rehusaré los encargos que me sean confiados por terceros en caso
de advertir que los informes grafológicos resultantes pudieran ser usados
ilícitamente en menoscabo de la honorabilidad del sujeto grafoanalizado,
o de ser divulgado imprudentemente.
- 7. Declinaré toda responsabilidad en aquellos casos en que se produzca
una divulgación intencionalmente lesiva para el sujeto de análisis
de su informe grafopsicológico, un uso imprudente del mismo sin ánimo
de perjudicar o bien un descuido por medio del cual el sujeto venga en conocimiento
de que ha sido grafoanalizado sin su conocimiento ni consentimiento previos,
ya que el solicitante del grafoanálisis habría traicionado, de
una u otra forma, la reserva de confidencialidad bajo la cual se le aceptó
el encargo.
- 8. Observaré la mayor prudencia y circunspección en el uso de
los términos usados en los grafoanálisis, consciente de los límites
de toda ciencia y de los propios límites profesionales y, para ello,
evitaré emplear términos de diagnóstico clínico
o términos técnicos que pudieran ser erróneamente interpretados,
si bien en el caso de tener que utilizarlos forzosamente, procuraré explicar
y precisar adecuadamente su significado.
- 9. Evitaré mencionar, en los informes de selección de personal,
aquellos aspectos del comportamiento privado del escritor que no incidan directamente
sobre las cualidades y aptitudes exigidas para el desempeño de las funciones
o cargo previsto por el empresario, así como efectuar diagnósticos
clínicos, a menos que el grafoanálisis haya sido solicitado por
un facultativo o psicólogo. Sin embargo, aconsejaré, con la máxima
circunspección, una exploración clínica ante cualquier
anomalía psicofísica, mental o psíquica que detecte el
grafismo y cuya ocultación u omisión pudiera ser motivo de posterior
perjuicio, tanto para el empresario como para el propio grafoanalizado.
- 10. Mantendré mi imparcialidad en los grafoanálisis, evitando
efectuar predicciones temerarias de comportamiento e informes tendenciosos o
complaciente, sin excluir el rigor en los pronósticos grafopsicológicos
que se deduzcan del estudio minucioso de la escritura.
- 11. Me comprometo a no retener contra la voluntad del interesado los manuscritos
o documentos utilizados para los análisis grafológicos, obligándome,
además, a no hacer ningún uso de los mismos, sin autorización,
para el logro de ventajas ilícitas o de otra índole.
- 12. Contribuiré al saber grafológico general aportando datos
y resultados de mis propias experiencias con destino a los archivos de la Agrupación,
para elevar el nivel técnico de los demás colegas, quienes tendrán
libre acceso a los mismos.
- 13. Solicitaré, en caso necesario, la ayuda de la experiencia, profesionalidad
y competencia de otros colegas, dando prioridad a los miembros de la Agrupación.
- 14. Me abstendré de facturar honorarios inferiores a los mínimos
señalados en las Tarifas aprobadas por la Agrupación.
- 15. Ante la necesidad de ceder una parte o la totalidad de mi clientela, cuando
no se trate de una substitución temporal, daré la preferencia
a un miembro de la Agrupación.
-16. Si me veo obligado a reemplazar eventualmente a un colega, solicitaré
la venia para realizar en su ausencia o enfermedad todos los trabajos encomendados,
debiendo cesar cuando el colega se reincorpore a sus actividades, y facilitarle,
además, toda la información que se haya originado, no pudiendo
mantener, en lo sucesivo, relación alguna con sus clientes.
- 17. Defenderé la reputación profesional de mis colegas grafólogos
y me abstendré de criticar o desprestigiar sus trabajos ante el cliente
o terceras personas; antes bien, procuraré defenderle discretamente aunque
su trabajo pudiera haber quedado en entredicho.
- 18. Acudiré al arbitraje de la Agrupación si no puedo resolver
directamente cualquier conflicto profesional que pueda surgir con un cliente
o con alguno de mis colegas grafólogos.
- 19. Defenderé los intereses de la profesión, coadyuvaré
al logro de los fines de la Agrupación y aceptaré las misiones
que, en función de mis posibilidades, me pudieran ser confiadas por la
Junta Directiva de la Agrupación y que puedan redundar en un interés
colectivo, mantendré relaciones de camaradería con mis colegas
grafólogos y estaré obligado a brindarles ayuda moral o consejos
profesionales si me fueran solicitados.
- 20. Me comprometo, en mi condición de grafólogo, a no hacer
publicidad ni a publicar artículos o trabajos sobre Grafología
en revistas que traten específicamente de artes adivinatorias, ocultismo,
pornografía y otros temas parecidos que puedan dañar el prestigio
científico de la misma; y, en general, me abstendré de ofrecer
un tipo de servicios grafológicos que sugieran la utilización
de medios de diagnóstico ajenos a los de la Grafología entendida
por antonomasia como psicología del grafismo o escritura individualizada.
- 21. Me abstendré de utilizar en mis informes grafoanalíticos
elementos interpretativos originados en teorías esotéricas, astrales
o parapsicológicas, quedando, no obstante, a salvo mi libertad y actitud
extraprofesional con respecto a las mismas, ya sean entendidas como creencias
o paraciencias.
- 22. Me abstendré, en el caso de dar clases particulares, oficiales
o privadas a estudiantes de Grafología, de impartir, asimismo, enseñanzas
simultáneas de prácticas mánticas, para evitar la confusión
producida por la mescolanza de lo científico con lo opinable y el consiguiente
descrédito y falta de seriedad que tal proceder ocasionaría a
la profesión de grafólogo y a la ciencia a la que éste
sirva.
- 23. Solicitaré a la Junta Directiva de la Agrupación la adopción
temporal o definitiva del uso de pseudónimo con fines profesionales a
fin de que sea notoriamente conocido tal pseudónimo a nivel de la Agrupación
en evitación de un mal uso del mismo.
- 24. Protegeré y velaré por la ética y el prestigio de
la ciencia grafológica y de la profesión de grafoanalista ante
cualquier desnaturalización, confusión o mixtificación
que pudiera producirse en los medios de comunicación e información
dando cuenta de ello a la Junta Directiva de la Agrupación con objeto
de ejercer el derecho a la réplica a través de los cauces idóneos.
- 25. Me solidarizo con el espíritu de asociación y hermandad
que tutela la Agrupación de Grafoanalistas Consultivos, evitando la deslealtad
y competencia ilícita hacia mis compañeros, y denunciando, si
procede, a la Agrupación todo acto de deslealtad y desprestigio observados
que puedan afectar tanto a la Grafología como al ejercicio profesional.
- 26. Me someto a las resoluciones de la Junta Directiva de la Agrupación
de Grafoanalistas Consultivos de España, constituida en Consejo de Disciplina,
para todo cuanto se refiera al cumplimiento de este CODIGO DEONTOLOGICO.
CODIGO DE ETICA PARA GRAFOANALISTAS DE LOS ESTADOS UNIDOS
El objetivo de este Código
de Ética es definir los derechos y responsabilidades de los grafoanalistas
que desean ejercitar su profesión de acuerdo con estándares profesionales
aceptables y las leyes respectivas del estado en el cual esté practicando
el grafoanalista.
Se espera que el grafoanalista mantenga y desarrolle su especialidad obteniendo
el entrenamiento profesional apropiado. Esto se puede lograr a través
de lugares tales como seminarios académicos, entrenamiento técnico,
talleres o similares. El grafoanalista debe seguir progresos en la profesión
y estar enterado de la literatura relevante a la práctica de la grafología.
El grafoanalista estudia la personalidad del escritor examinando una muestra
original de su escritura. Al examinar un facsímil o una fotocopia de
la muestra original, el grafoanalista debe contar además con información
respecto a la presión. Se recomienda que al dar un informe sobre una
muestra enviada por telefax o copiada, sea incluida una declaración respecto
a que la opinión vertida está calificada hasta que se disponga
del original.
El grafoanalista practicará solamente dentro de su campo de interés
o maestría. Consistente con las leyes del estado donde el grafoanalista
practique, ningún diagnóstico con respecto a problemas de salud
físicos o mentales será dado a menos que el grafoanalista sea
psicólogo o médico.
El trabajo emprendido por el grafoanalista concerniente a la persona humana
impone el respeto de valores morales y profesionales. El grafoanalista debe
salvaguardar en todo momento su propia independencia, integridad y sentido de
la humanidad. La práctica de la grafología debe estar libre de
influencias o tendencias raciales, de sexo, religiosas o políticas.
El grafoanalista, como cualquier otro profesional, no utilizará la información
obtenida de la escritura manuscrita para dañar al autor de esa escritura,
tanto sea que el autor de esa escritura no sea el cliente sino un tercero. Además,
en la transmisión de sus resultados, el grafoanalista debe especificar
que la información contenida es confidencial y se debe utilizar solamente
para los propósitos profesionales. Los grafoanalistas que realizan análisis
de terceras personas solicitarán a su cliente que informe al autor del
escrito que su muestra manuscrita está sujeta a examinación por
un grafoanalista profesional.
El grafoanalista se adherirá a los más altos niveles de confidencialidad
y no divulgará ninguna información respecto al cliente sin el
consentimiento escrito firmado por el sujeto/ cliente o por su encargado legal.
De acuerdo con las leyes de confidencialidad, el informe producido por el grafoanalista
será proporcionado solamente al cliente que provee la muestra. Es esperable
que en el informe haya una declaración indicando que si el propietario
legal del informe elige diseminar los informes escritos más allá,
será a la exclusiva discreción y responsabilidad del propietario
de tales informes.
El grafoanalista no diseminará ni publicará los textos o los análisis
sin el acuerdo escrito de la parte interesada o del propietario del documento.
Sin embargo, las muestras de escritura se pueden utilizar mientras el grafoanalista
respeta el anonimato y protege la identidad del autor del escrito.
Siendo único juez del valor de los documentos sometidos a él/
ella, el grafoanalista se reservará el derecho de rechazar a proporcionar
un análisis sin tener que dar razón de ello.
El grafoanalista rechazará expresar una opinión sobre un documento
que sabe o sospecha que es robado, obtenido en violación de cualquier
ley estatal o federal, o bajo otras circunstancias cuestionables.
Cada asociación, o agrupación de grafoanalistas, firmando este
Código de Ética, se compromete a asegurar que sea respetado y
aplicado por todos sus miembros calificados. Cada una de las asociaciones de
grafoanalistas firmantes en este Código establecerán y mantendrán
un Tribunal de Ética. Las responsabilidades de tal Tribunal serán
investigar las quejas hechas al Tribunal con respecto al comportamiento cuestionable
del grafoanalista; reunirse con el grafoanalista en cuestión y rendir
una decisión respecto a si se ha violado o no alguna regla del Código
de Ética. Tal decisión será hecha pública enunciando
el nombre del grafoanalista en la publicación de dicha asociación,
a la asociación local de abogados y al Tribunal Nacional de Ética
Grafológica.
En casos de mala conducta flagrante, el cuerpo certificante del grafoanalista
ofensor deberá considerar la suspensión o la revocación
de la certificación y de su calidad de miembro. Los casos flagrantes
incluirían, aunque no están limitados, la ruptura de la confidencialidad,
la distorsión, la adjudicación fraudulenta de nivel de educación
y la exageración de credenciales.
El estado donde el grafoanalista ofensor hace sus prácticas debe adoptar
leyes de certificación o licencia de grafoanalistas; el Tribunal de Ética,
ni bien encuentra que el código ha sido violado, referirá tales
resultados a las autoridades reguladoras del estado.
Graphology is the study of writing as it relates to personality. A graphologist is a person trained in the field of handwriting analysis over a period of atleast two years of intensive study. Graphologists work to develop a valid and reliable body of scientifically acceptable knowledge based on research. They may apply that knowledge to human behaviour, as it is manifested Via handwriting. In doing so, they perform many roles, such as researcher, educator, diagnostician, supervisor, consultant and expert witness. Their goal is to broaden knowledge of behaviour and, where appropriate, to apply it pragmatically to improve the condition of both the individual and society.Graphologists respect the central importance of freedom of inquiry and expression in research teaching and publication. They also strive to help the public in developing informed judgements and choices concerning human behavior. This code of ethics provides a common set of values upon which graphologists build their professional and scientific work. This code is intended to provide both the general principles and the decision rules to cover most situations encountered by graphologists. It has as its primary goal the welfare and protection of the individuals and groups with whom graphologists work. It is the individual responsibility of each graphologist to aspire to the highest standards of conduct. Graphologists respect and protect human and civil rights, and do not knowingly participate in or condone unfair discriminatory practice. The development of a dynamic code of ethics, for graphologists work related conduct, requires a personal commitment to a life long, effort to act ethically; to encourage ethical behaviours by students, Supervisors, employees and colleagues, as appropriate; and to consult with others, as needed, concerning ethics of the profession. Each graphologist supplements, but does not violate, the code's value and rules on the basis of guidance drawn from personal values, culture and experience.Recognizing the different titles the profession of handwriting analysis has had in the United States, for the purposes of this code, the title "Graphologist" is used. "Graphologist" shall include therefore the other known titles, such as analyst, handwriting analyst, handwriting, examiner, handwriting professional and grapho analyst. The choice of graphologist as the name of the professional in no way reflects negatively on the other titles; however, since the profession is known around the world by its generic name "graphology" we have decided to use this title.
Bharat Bhushan26, Jhajharia Market,General Ganj, Kanpur-1,India.
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Italia: Asociación de Grafólogos Profesionales
PRINCIPI GENERALI
1. Il Codice Deontologico AGP ha lo scopo di precisare i diritti ed i doveri
dei grafologi che desiderano esercitare la loro professione secondo un'etica
comune.
- 2. La Grafologia, scienza umana e tecnica di osservazione e di interpretazione,
permette l'indagine sulla personalità per mezzo dell'analisi della scrittura.
- 3. Il grafologo deve fornire il contributo della propria esperienza professionale
per lo sviluppo di progetti utili a migliorare la qualità della professione
ed adoperarsi per alimentare la ricerca in campo grafologico.
- 4. Il grafologo analizza la personalità dello scrivente e ne rileva
attitudini e potenzialità. Egli lavora su documenti manoscritti originali
e conduce il lavoro di analisi per soddisfare una richiesta di tipo professionale
o privato.
FUNZIONI E COMPETENZE
1. Il grafologo ha il dovere di approfondire costantemente le proprie conoscenze
e competenze.
2. Il grafologo si impegna ad utilizzare solo i metodi relativi alla propria
disciplina ed a lavorare nei limiti delle proprie competenze e della propria
esperienza.
- 3. Il grafologo si deve astenere dal fare diagnosi in settori riservati al
campo della medicina, della psichiatria e della psicologia.
- 4. I grafologi che hanno sottoscritto questo codice non devono svolgere attività
che abbiano a che fare con l'occultismo e la divinazione. Essi devono rifiutare
di prestare la propria collaborazione o chiedere pubblicità a periodici
che trattano questi temi.
RAPPORTI CON GLI UTENTI
1. L'attività del grafologo impone il rispetto dei valori morali e professionali.
Il grafologo deve salvaguardare in ogni circostanza l'indipendenza, l'onestà
e il senso di umanità. Egli non deve essere influenzato da pregiudizi
relativi al sesso, alla razza, alla politica, alla classe sociale ed alla religione.
- 2. In ogni esame il grafologo usi tatto e discrezione, tenga sempre presenti
il destinatario, la sua cultura, la sua condizione psicologica, garantendogli
un aiuto positivo. Nell'attività di selezione professionale egli eviti
di toccare gli aspetti della personalità dello scrivente che non sono
in rapporto con il posto di lavoro in questione. Egli deve adottare un linguaggio
chiaro, prudente, privo di ambiguità, essere del tutto imparziale e rifiutare
analisi di compiacenza.
- 3. Il grafologo deve impegnarsi a non utilizzare i documenti e le informazioni
che possiede per danneggiare gli altri. Dato che è il solo giudice del
valore dei documenti in sé, egli può ricusare di stilare un'analisi
senza giustificarsi e deve rifiutare di dare il proprio parere su un documento
del quale ha notizia che sia stato sottratto illegalmente o rubato. Egli deve
rifiutarsi di lavorare su documenti inviati per fax o fotocopiati poiché
la qualità del tratto ne risulta alterata, e rifiutarsi comunque di lavorare
su materiale insufficiente.
- 4. Il grafologo deve osservare lo leggi del proprio paese sui diritti della
persona umana, in particolare il segreto professionale, che deve essere rispettato
sia verbalmente sia nella diffusione dei documenti.
- 5. L'unico responsabile dei risultati dell'analisi è la persona che
possiede legittimamente il documento. I risultati devono essere fatti pervenire
esclusivamente al richiedente.
- 6. Il grafologo non può citare i clienti se non con il loro consenso.
Egli non può comunicare o pubblicare testi o analisi se non con l'approvazione
dell'interessato e/o del proprietario del documento.
- 7. Il grafologo non può praticare tariffe inferiori a quelle stabilite
dal tariffario.
- 8. Il grafologo deve rifiutarsi di prestare la propria opera in favore di
persone che abbiano avuto o abbiano in corso provvedimenti disciplinari o diffide
da parte dell'AGP.
RAPPORTI CON COLLEGHI E ALTRI PROFESSIONISTI
- 1. Il grafologo promuove e valorizza gli scambi e la collaborazione tra Associazioni
e Scuole diverse, in un'ottica di allargamento ed integrazione tra apporti grafologici
differenti.
- 2. Il grafologo, ove richiesto, collabora con altri professionisti per effettuare
analisi di personalità ed individuare attitudini e potenzialità
dello scrivente, adoperandosi per l'utilizzo integrato delle varie discipline
e per l'ottimizzazione dei vari contenuti concettuali.
- 3. Il grafologo conosce e rispetta le specificità teorico-metodologiche
di ciascuna Associazione o Scuola ed evita di esprimere giudizi valoriali sulla
pretesa superiorità o inferiorità di una metodologia/Scuola/ Associazione
sulle altre.
- 4. Il Grafologo è tenuto, nell'ambito delle attività professionali
e al di fuori di esse, al rispetto della professionalità e della personalità
dei colleghi
DISPOSIZIONI FINALI
L'AGP si impegna a far rispettare il presente Codice Deontologico da parte di
tutti i soci. Le infrazioni sono accertate dal Collegio dei Probiviri.
Il presente Codice comprende 4 sezioni, 20 articoli e le disposizioni finali
ed entra in vigore dal 1 Settembre 1996
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